¿Qué dice la
LOMCE de la enseñanza de la religión?
- La enseñanza de la religión se ajustará a
lo establecido en el Acuerdo sobre Enseñanza y Asuntos Culturales suscrito
entre la Santa Sede y el Estado Español.
Se incluirá la religión como área obligatoria
para los centros y de carácter voluntario para los alumnos/as.
- La enseñanza de otras religiones se ajustará a lo dispuesto en los Acuerdos de Cooperación celebrados por el Estado español con la Federación de Entidades Religiosas Evangélicas de España, la Federación de Comunidades Israelitas de España, la Comisión Islámica de España y, en su caso, a los que en el futuro pueda suscribirse con otras confesiones religiosas.
- La determinación del currículo y de los
estándares de aprendizaje evaluables que permiten la comprobación del
logro de los objetivos y adquisición de las competencias correspondientes
a la asignatura de Religión será competencia de las respectivas
autoridades religiosas.
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